Universidad de Guadalajara

Cálculo de Puntajes Ingreso y Promoción del Personal Académico UDG

Estatuto del Personal Académico

Artículo 1. El presente Estatuto regula las relaciones entre la Universidad de Guadalajara y su personal académico. Define las bases y criterios para la organización y desarrollo del trabajo académico en la  institución, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara y su Reglamento.

Ingreso

Asignatura A

Artículo 13
  1. En el nivel medio superior y carreras técnicas, ser pasante de licenciatura, o tener título
    subprofesional, en casos excepcionales, acreditar el dominio de una técnica, idioma o arte,
    oyendo la opinión de un Jurado Calificador formado en los términos de la normatividad
    vigente; en cualquier caso, demostrar aptitudes para la docencia.
  2. En el nivel superior, tener título de licenciado o una formación equivalente, oyendo la
    opinión de un Jurado Calificador; en cualquier caso, demostrar aptitudes para la docencia

Asignatura B

Artículo 14
  1. En el nivel medio superior, tener título de licenciado o título técnico profesional; en
    cualquier caso, demostrar aptitudes para la docencia.
  2. En el nivel superior y posgrado, contar con un grado académico de nivel superior al
    programa que se impartirá y demostrar aptitudes para la docencia