Artículo 24. Para la promoción del personal académico, las Comisiones Dictaminadoras acreditarán los puntos correspondientes a la categoría actual. La diferencia de puntos entre ésta y la categoría a la que se aspira, deberá acumularse a partir de la última promoción, o desde su ingreso a la Universidad de Guadalajara, aplicando la siguiente Tabla de Puntajes, de acuerdo con las disposiciones señaladas en el artículo 25o. de este Reglamento.
- Experiencia Académica
- En la Docencia
- En la Investigación
- En la Difusión y Extensión de la Ciencia y la Cultura
- En la Creación Artística
- En la Participación Universitaria
- Experiencia Profesional o Técnica Extra Académica
- Realización de actividades que requieren conocimientos o técnicas innovadoras
- Obtención de premios o distinciones en la actividad profesional o técnica
- Formación Académica